AVISO PARA EL RENUNCIANTE BAJO EL Ley de protección del infante recién nacido abandonado

Se le avisa:

(A) No mas antes de 60 días a partir de la fecha inicial de la renuncia del infante ante el hospital, estación de bomberos, o local de emergencia médica, la agencia colocadora del niño o el Departamento de Servicios para Niños y Familias (DCFS) iniciará el proceso judicial para la terminación de los derechos paternales y colocar al infante en adopción.

(B) Si el padre del infante no se comunica con el Departamento de Servicios para Niños y Familias (DCFS) para solicitar y retomar la custodia del infante antes la terminación de los derechos paternales, anula cualquier acción siguiente validando derechos legales con respecto al infante.